Desafíos de las trabajadoras en este Primero de Mayo

Para el Primero de Mayo el gobierno anunció medidas destinadas a “enterrar definitivamente” el D.S. 21060, honrando su compromiso con la Central Obrera Boliviana, luego del último conflicto. Entre éstas, se espera al menos el anuncio del tratamiento de la nueva Ley del Trabajo y en este ámbito las organizaciones de mujeres no se han sentado a esperar, ya han presentado una propuesta que orienta la consideración de la perspectiva de género en el régimen laboral1, (1) de la cual extraigo las principales consideraciones para plantear a las compañeras trabajadoras del país el desafío de vigilar de cerca el tratamiento de esta norma que modificará sustancialmente las condiciones del trabajo como las conocemos hasta ahora.

Como elemento de legitimidad, señalar en primer lugar, que la mencionada propuesta fue elaborada en un largo proceso de diálogos y consensos organizados por la Red Boliviana de Mujeres Transformando la Economía (REMTE), en el que participaron más de 700 mujeres de todo el país, más de 120 organizaciones sociales, con mesas de trabajo en cada departamento y una nacional.

La propuesta se funda en los principios y en los derechos reconocidos a las mujeres en la nueva CPE, entre los más importantes, la ratificación del principio de igualdad de todas las bolivianas y bolivianos, sin discriminación (Art. 3), la incorporación de la equidad de género como principio fundamental (Art. 8 y 11. I), la prohibición y sanción de todas las formas de discriminación, entre ellas, la discriminación en razón de género (Art. 14. II), el reconocimiento del trabajo del hogar como fuente de riqueza que deberá cuantificarse en las cuentas públicas (Art. 338), el reconocimiento de que toda persona tiene derecho al trabajo (Art. 46, I, II y III) y que el Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo y garantizará la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado (Art. 48, V).

Reconoce como avances varias disposiciones de protección en materia laboral y de seguridad social, emitidas por el gobierno actual y presenta una serie de propuestas específicas a cada categoría y sector de trabajadoras, para consolidar y ampliar esos avances.

Entre las más importantes, por su carácter general, están:

   Prohibición de toda discriminación: vetar en las convocatorias y procesos de selección la especificación de género, estética, características biológicas encubiertas y de edad, como requisitos de acceso al empleo en el ámbito público y privado. (CPE, Art. 14).

   Condiciones y oportunidades laborales: se incentivará a las empresas a que incrementen su planilla de trabajadoras sin discriminación ni segregación.

   Acoso sexual y laboral: se prohíbe y sanciona el acoso laboral en cualquier ámbito (CPE, Art. 49).

   Salario: se garantiza el salario digno y justo. Se aplicará el principio de igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor.

   Contrato de trabajo: Todas las trabajadoras deben contar con un contrato de trabajo, con las características específicas del tipo de trabajo que desempeñarán. Se prohíbe la firma de renuncia anticipada.

   Protección de la maternidad como función social en corresponsabilidad con la paternidad.

Como se podrá advertir, amplios son los retos que planteamos las mujeres al estado en este Primero de Mayo y hacia delante, todos ellos destinados a “superar la deuda social con las mujeres y cerrar las brechas de género en el ámbito laboral”. Para lograrlos debemos de estar atentas y vigilantes, primero al tratamiento de la norma, luego a su reglamentación y fundamentalmente a su aplicación, porque ya se sabe que “el papel aguanta todo” y éste no debiera ser el caso.

PUBLICADO EN LA "ÉPOCA"
_________________________________________

*     Psicóloga Social, militante por los derechos de las mujeres.

1 . LÓPEZ, Graciela Raquel (compiladora). Reflexiones y propuestas sobre Régimen Laboral y de Seguridad Social con perspectiva de Género. La Paz, REMTE, 2011. (Cuaderno de Trabajo Nº 17)